¿Es necesario modificar la ley del sólo sí es sí o sería más razonable esperar? ¿Es apropiada la propuesta del PSOE para endurecer las penas de agresión sexual en caso de violencia o intimidación o es mejor que estas circunstancias sean agravantes, como pretenden Unidas Podemos, ERC y EH Bildu? ¿Se necesitan penas más elevadas contra la violencia sexual en España?
El debate jurídico sobre el cambio del Código Penal en lo relativo a los delitos sexuales es complejo y no sólo divide a los partidos del Gobierno de coalición, en el mundo de la justicia y el derecho tampoco hay respuestas únicas.
EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, del grupo Prensa Ibérica, ha consultado a diversos juristas para analizar los cambios que proponen Unidas Podemos y el PSOE y las opiniones son diversas. Lo único que está claro es que se acometa la reforma legislativa que se acometa, no hay forma de frenar las revisiones de condenas a agresores sexuales.
Tras meses de crisis política, y con los puentes rotos entre Igualdad y Justicia para ir de la mano en la reforma del sólo sí es sí, PSOE y Unidas Podemos han elegido caminos diferentes para castigar con más severidad los delitos sexuales que se perpetren utilizando la violencia o la intimidación.
Mientras el PSOE aboga por incluir estas cuestiones como un subtipo agravado en los delitos de agresión sexual y violación, una especie de escalón dentro del propio delito, desde UP (y los socios de investidura ERC y EH Bildu) pretenden que se introduzcan en el Código Penal como circunstancias agravantes, y no dentro de los artículos que definen esas agresiones.
Penas más altas
Según Fernando Portillo, juez decano de Melilla y portavoz del Foro Judicial Independiente, de salir adelante la propuesta de Unidas Podemos, que pasa por incluir la violencia o intimidación como agravantes para incrementar las penas a los agresores sexuales cuando se den estos supuestos, la consecuencia serán penas más altas. No obstante, a su juicio también tendría esta consecuencia incluir dichas circunstancias en un subtipo agravado del propio delito de agresión como propone el PSOE.
El juez advierte que con la actual ley denominada del ‘sólo sí es sí’ las penas también pueden ser más altas en determinados casos. “Pero al no distinguir lo deja a criterio de cada juez, con las consiguientes inseguridades y agravios comparativos, y con riesgos de que actos con violencia sean menos castigados que otros sin violencia, según el asunto”, apunta.
Para este experto, la propuesta del PSOE es, en todo caso, “técnicamente es más correcta” porque entre otras cosas “huye del nefasto y poco progresista populismo punitivo“. Discrepa por otro lado de los argumentos esgrimidos por Unidas Podemos cuando dicen que la violencia o la intimidación pueden ser circunstancias agravantes, pero no determinar si hay o no agresión sexual. “Sin violencia o intimidación antes, igual que ahora, había delito contra la libertad sexual si no había consentimiento”, precisa.
Otra cosa es es el cambio de término, ahora todo es “agresión” y la propuesta del PSOE es seguir llamando a todo acto sexual sin consentimiento “agresión”, con lo que tampoco es cierto que la propuesta del PSOE vuelva a lo de antes según este magistrado, al que todo le suena “a una huida hacia adelante, a un querer “esconderse entre el follaje de las palabras para ocultar que lo que habían hecho antes, castigar con igual pena haya o no violencia o intimidación, era un despropósito mayúsculo, no solo jurídico, sino desde el sentido común”.
Dejar la ley como está
Para el portavoz de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, Salvador Viada, el cambio supone únicamente una cuestión terminológica: “Lo que antes era abuso ahora se llama agresión; y lo que antes era agresión ahora se llamará “agresión agravada”, pero lo que diferenciaba antes y ahora la gravedad de las conductas era la existencia de esa violencia e intimidación”.
Por su parte, la abogada penalista Carla Vall considera que la ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual debería dejarse como está: “Cuantas más modificaciones, peor, se genera una mayor inseguridad en cuanto a la percepción de la ciudadanía y de las víctimas”.
Ahora bien, en la tesitura de tener que modificarla, es partidaria de la vía propuesta por Unidas Podemos, ERC y Bildu porque, a su juicio, introducir un subtipo agravado como plantea el PSOE haría que la ley perdiera “su espíritu”.
“Si ponemos un subtipo, en el fondo estamos volviendo, con respecto a las agresiones y a nivel probatorio y conceptual, al Código Penal anterior. Una de las virtudes de la LOGILS es que el tipo básico (agresión sexual) lo incluye todo. A partir de ahí, la gradación de conductas mediante agravantes para hacer más claro cuál es el marco penológico, que es amplio, de esas agresiones”, explica Vall.
La abogada, experta en la defensa de víctimas de violencia sexual, incide en que la violencia y la intimidación son muy difíciles de probar y que los delitos sexuales suelen ser castigados con penas bajas. En este sentido, descarta que la inclusión de la violencia y la intimidación como agravantes vaya a suponer, en la práctica, que se disparen las penas, como esgrime el PSOE.
Reflexión antes de una nueva modificación
Juezas y Jueces para la Democracia reclama que “se deje a las leyes asentarse” antes de que modificarlas. Desde el secretariado de la asociación, la magistrada de la Audiencia Provincial de Murcia, Concepción Roig, defiende que la ley de garantía integral de la libertad sexual se empiece a aplicar y se vea en qué puntos falla antes de proceder a cambiarla.
“Como asociación, no somos partidarios de agravar las penas porque tenemos un Código Penal que es muy duro. Nosotros no tenemos un índice de reincidencia suficientemente amplio como para justificar un endurecimiento de penas, nuestra conclusión es que no es necesario endurecerlas desde el punto de vista de la política criminal”, afirma Roig.
Aclara que están de acuerdo con sancionar más comportamientos de mayor antijuridicidad (como la violencia o la intimidación), pero sin que eso conlleve unos marcos punitivos que aumenten las penas mínimas o máximas “porque las penas ya son suficientemente amplias“.
La magistrada precisa que la introducción como agravantes de la violencia y la intimidación (como pretenden UP, ERC y EH Bildu) “no está mal desde el punto de vista de la técnica legislativa”, mientras que la opción del PSOE “incrementa penas y vuelve a las penas anteriores”.
También advierte del peligro de optar sin más por penas más graves el catedrático de Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid Javier Álvarez, ya que ello puede tener en ocasiones consecuencias negativas como son la de equiparar delitos de agresión sexual a otros como los de homicidio. Ahora bien, “aunque no le enamora”, Álvarez prefiere la solución registrada por los socialistas.
Fuentes del sector progresista del Consejo General del Poder Judicial consultadas por EL PERÓDICO DE ESPAÑA se inclinan también por la regulación propuesta por el PSOE y califican de “falso debate” el del consentimiento porque es algo que nunca se ha cuestionado a la hora de penar violencia sexual.
Seguirán las horquillas amplias
Para el abogado penalista José María de Pablo es un error llevar la reforma al plano de las agravantes, tal y como proponen Unidas Podemos y otras formaciones que sustentan al Gobierno “porque el resultado vuelve a ser de horquillas amplísimas, con demasiada discrecionalidad para el juez que individualiza la pena”. A este jurista le parece más razonable, “por proporcional”, el sistema de 1995 -que establecía dos delitos diferentes de abuso y agresión en función de la concurrencia de violencia o intimidación-, o en todo caso la propuesta del PSOE, del subtipo agravado para esos casos.