La DGT ha anunciado que, según las nuevas modificaciones de las leyes de tráfico, ya no multarán por estos comportamientos al volante. Estos cambios surgen por varias razones, entre ellas la evolución de la sociedad o debido a algunos avances tecnológicos que las vuelven obsoletas.
En este caso, la primera multa que desaparece es una de las más comunes en las carreteras españolas. Se trata de la sanción por no llevar el carnet de conducir físico al conducir el coche. Ya no será necesario tenerlo encima, ya que la DGT comenzará a permitir que se lleve en formato digital, mediante la aplicación de miDGT, que ya está disponible para Android e iOS de forma gratuita. Esta es la única alternativa con validez legal al carnet físico. Con tal de obtenerlo es necesario darse de alta con el sistema Cl@ve para acceder a la app.
Además, también ha desaparecido la multa que obligaba a los conductores a llevar gafas de repuesto en el coche. Dicho esto, se mantiene la sanción por conducir el vehículo sin gafas o lentillas cuando sea necesario.
Caber destacar que, para verificar si alguien necesita gafas o lentillas, solo tienen que mirar el apartado número 12 del carnet, en el que vemos una serie de códigos: 01 (el conductor necesita gafas) o 02 (el conductor necesita lentillas).