La justicia no encuentra razones para modificar la prisión provisional acordada el pasado 11 de enero para Yolanda Martínez y Luna Fernández, las dos primeras mujeres españolas repatriadas desde Siria, país al que viajaron junto a sus esposos después de que éstos se enrolaran en las filas del Estado Islámico (Dáesh).
En sendos autos dictados hace tan solo unos días, a los que ha tenido acceso El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 señala que persisten los indicios que evidencian “profundos contactos” entre ambas y la organización terrorista islamista.
Los dos autos rechazan los recursos de reforma presentados la defensa, ejercida por el abogado José Luis Laso, contra las resoluciones de ingreso en prisión. El primero se refiere a Luna Fernández y fue dictado el pasado 24 de enero por el juez del caso, Santiago Pedraz, que considera que las alegaciones de la defensa no desvirtúan su decisión inicial de enviar a esta mujer a la cárcel de forma preventiva por cuanto existen “motivos bastantes” para creerla responsable del delito, que no es otro que el de integración en organización terrorista.
De este modo, según el magistrado se evita el riesgo de que la investigada pueda sustraerse a la acción de la justicia como consecuencia de la gravedad de las conductas que se le imputan, que pueden acarrear penas de hasta doce años de cárcel.
Huida a países más complacientes con Dáesh
“Máxime -añade la resolución- cuando como señala el Ministerio Fiscal estamos en presencia de personas con profundos contactos en la organización terrorista Dáesh y capacidad de movimiento gracias a ésta, que podrían lograr trasladarse a un país extranjero más favorable a sus intereses y más complaciente con el objetivo e intereses de dicha organización, haciendo inviable su enjuiciamiento en España”. Los mismos argumentos emplea Pedraz para rechazar la excarcelación de Yolanda Martínez en un segundo auto dictado el pasado lunes.
El abogado ha rechazado de momento acudir ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en demanda de la libertad de sus clientas, pues todavía no ha tenido acceso a las actuaciones y esta información es necesaria para poder armar sus argumentos en el recurso. Por ello, tiene previsto solicitar una suspensión de los plazos de apelación en tanto no se facilite este acceso a los documentos que obran en el procedimiento.
Tanto Yolanda como Luna llegaron a España con varios menores a su cargo – un total de 13 cuyo cuidado ha asumido la Comunidad de Madrid- procedentes del campo de prisioneros sirio Al Roj, en Siria en un operación en la que participaron varios ministerios.
Se acordó su inmediato ingreso en prisión tras escuchar sus declaraciones, en las que ambas rechazaron estar integradas en la organización yihadista. El fiscal del caso, Carlos Bautista, rechaza igualmente modificar por el momento su situación procesal.
Pedraz justificó su decisión sobre estas mujeres en la pérdida de control por parte de Dáesh en Siria e Irak, lo que supuso aumentar el riesgo de dispersión o retorno de los conocidos como ‘foreign terrorist fighters’ (combatientes terroristas extranjeros), un listado del que forman parte estas dos mujeres.
La trayectoria de ambas coincide a juicio del magistrado con la de sus maridos, por lo que se les atribuye integración en la autodenominada Brigada Al Andalus, establecida en Madrid y que llevó a cabo labores de radicalización, reclutamiento y posterior facilitación del traslado a Siria e Irak de combatientes para la comisión de ataques terroristas.
La Audiencia Nacional las investiga desde septiembre de 2019 y cursó órdenes de detención contra ellas y otras dos presuntas terroristas en situación similar que aún no han podido ser localizadas. Por su parte, el Gobierno trabajaba en su repatriación desde el pasado mes de noviembre, después de que ambas se quedaran solas –tras la desaparición de sus parejas– y manifestaran su interés en regresar a su país de origen.
Situación de los menores
Durante su comparecencia el pasado 11 de enero, el representante del Ministerio Público pidió que, además de ingresar en prisión preventiva a las dos mujeres, se suspendiera la patria potestad respecto de sus hijos por entender que podrían estar sometidos a adoctrinamiento por sus madres. El juez lo rechazó porque su permanencia en prisión hace desaparecer el riesgo potencial que ambas puedan continuar “con un posible adoctrinamiento” de los pequeños.
Todos ellos se encuentran bajo custodia de la Comunidad de Madrid, que tendrá que decidir, bajo la supervisión de la Fiscalía de menores, si finalmente asume su tutela o guarda.
Fuentes del entorno familiar han señalado a este diario que los menores están pudiendo ser visitados por sus abuelos, si bien esta situación no implica un cambio de status en su situación con respecto a la administración que los custodia.
De hecho, cualquier niño o niña bajo tutela o guarda de la Comunidad puede recibir visitas de los familiares con las pautas concretas que se establezcan en cada caso, y si se produce algún cambio será siempre por el interés del menor, señalan fuentes de la Comunidad de Madrid.