La Anmat prohibió la venta de la versión falsificada de una conocida pomada desinflamante

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de un lote del antiinflamatorio muscular Átomo Desinflamante por tratarse de una versión falsificada del producto y, por ende, ilegal.

Según se desprende de la Disposición 9533/2022, publicada en las primeras horas del miércoles en el Boletín Oficial, la firma responsable de la elaboración del artículo médico IMVI SA informó al Departamento de Control de Mercado sobre la detección de unidades no autorizadas de la crema analgésica. Las copias del original eran ofrecidas al público, detalla el documento, en un local ubicado en Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos.

En respuesta a la denuncia, el organismo descentralizado procedió a realizar la verificación correspondiente y logró hacerse con un ejemplar que contaba con el siguiente rótulo: “ÁTOMO DESINFLAMANTE Clásico, IDEAL PARA DEPORTISTAS Cansancio – Fatiga Muscular – Torceduras – Desgarros – Esguinces – Calambres – Contracturas. Lote 191-21. Vencimiento 22/11/2024. Industria Argentina. Cont. 250 cc. Laboratorios Prosan SA Santa María 1263 San Martin Bs. As.”

Un ejemplar de Átomo Desinflamante, el antiinflamatorio muscular producido por la firma IMVI S.A.

Tal y como detalla la inscripción, no es la firma IMVI SA -que detenta la titularidad del producto- quien aparece como empresa elaboradora del lote sino “Laboratorios Prosan SA”. Según Anmat, esta última “no se encuentra habilitada en los rubros de medicamentos, productos cosméticos, ni productos médicos”.

Asimismo, mediante el análisis del producto, fue posible dar cuenta de ciertas discrepancias:

El producto original se comercializa únicamente en presentación por 110 gramos y por 220 gramos, mientras que la unidad falsificada detalla como contenido 250 cc. Por lo que no coincide ni en cantidad ni en la unidad de medida.La unidad original detalla ser elaborada por Laboratorio IMVI (Instituto Médico Veterinario Integral), mientras que la unidad falsificada declara ser fabricada por Laboratorio Prosan SA.Las unidades originales poseen lote codificado con cuatro (4) dígitos numéricos mientras que la unidad falsificada posee lote 191-21 que no corresponde a un lote asignado por el laboratorio titular de registro.Las unidades originales poseen sobre la tapa de cierre en relieve la inscripción “IMVI laboratorios” mientras que la unidad original no cuenta con dicha identificación.Las unidades originales poseen el envase primario (pote) color naranja con tapa blanca, mientras que la unidad falsificada posee el envase primario (pote) color blanco y tapa blanca.La formulación original es crema (color blanco) mientras que la formulación falsificada es gel (transparente).

En base a lo descubierto, se terminó por dictaminar que “es un producto falsificado que no ha sido elaborado por la firma titular en la República Argentina” y procedió a vetar su venta “a fin de proteger a eventuales adquirentes del medicamento involucrado ya que su uso que representa un alto riesgo para la salud”.

“Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio Nacional del producto: «ÁTOMO DESINFLAMANTE Clásico, Lote 191-21. Vencimiento 22/11/2024. Industria Argentina. Cont. 250 cc. Laboratorios Prosan SA», por las razones expuestas en el considerando”, concluye la disposición.

Prohíben la comercialización de un lote de perfumes

En la misma edición del Boletín Oficial, la Anmat vetó de un lote de perfumes elaborados por NINA LAMAISON debido a que “los datos identificatorios de los cosméticos no correspondían con ningún producto inscripto” y tampoco se tenía constancia de “ningún laboratorio habilitado llamado NINA LAMAISON”.

El organismo descentralizado procedió a solicitar a la titular de la presunta firma los tramites de inscripción de los artículos e identificación de los laboratorios elaboradores involucrados. Al no obtener respuesta, y no pudiendo asegurar la calidad, seguridad y eficacia de los cosméticos, se optó por prohibirlos.

“Prohíbese el uso, la comercialización, la distribución y publicidad en todo el territorio nacional de todos los productos “PERFUME BLOODY marca NL NINA LAMAISON; PERFUME EUPHORIA marca NL NINA LAMAISON; PERFUME MAFFIA marca NL NINA LAMAISON; PERFUME MALVINAS EL POZO marca NL NINA LAMAISON; PERFUME IN YOUR FACE marca NL NINA LAMAISON; PERFUME CLOSE TO ME by GONZEL; PERFUME marca BABY VITO” en todas sus presentaciones”, reza el apartado.

 

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