Hacienda avisa: si no puedes pagar, esto es lo que ocurre

Estamos a las puertas de abril y faltan escasos días para la llegada de la campaña más esperada por muchos ciudadanos: la declaración de la Renta. A partir del 11 de abril y hasta el 30 de junio, los contribuyentes tendrán que enfrentarse al “temido” periodo en que saldan cuentas con la Agencia Tributaria para resolver si a lo largo del ejercicio fiscal de 2022 han aportado a las arcas públicas más o menos de lo que les correspondía.

Al presentar la declaración de la Renta pueden ocurrir tres cosas: que el ciudadano haya pagado menos dinero de lo que le correspondía y tenga que pagar la diferencia; que haya pagado más de lo que le correspondía y tenga que recibir la diferencia de la Agencia Tributaria o que le salga a 0€ y no tenga que hacer nada.En el caso de que la declaración de la Renta salga a “pagar”, el contribuyente puede encontrarse con una importante deuda con Hacienda que tenga dificultades para afrontar.

Me sale mucho a pagar y no tengo dinero

Los desajustes en la declaración de la Renta se producen porque, a lo largo del año fiscal (en este caso 2022), el contribuyente no ha pagado la cantidad suficiente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el caso de los trabajadores asalariados, esta cantidad se descuenta mensualmente de la nómina en concepto de IRPF y se trata de un porcentaje sobre el salario de empleado.

Aunque está prohibido que la retención en la nómina sea inferior a la que corresponde al contribuyente, en ocasiones se produce un desajuste cuando el ciudadano ha obtenido ingresos a partir de dos o más trabajadores o cuando se cambia de trabajo a mitad del ejercicio.

Al enfrentarnos a una deuda importante con Hacienda que no podemos asumir en el momento, la Agencia Tributaria ofrece dos soluciones: fraccionar el pago o aplazar la deuda.

Fraccionar el pago de la declaración de la Renta

La primera opción para afrontar el pago de la deuda con Hacienda tras hacer la declaración de la Renta es fraccionar el pago: la Administración permite dividir el pago en dos partes: el primero, el 60% del importe a abonar cuando termina la campaña; y el segundo, el 40% a pagar en noviembre.

Para optar a esta facilidad de pago, hay que seleccionar la opción de ‘Pago fraccionado’ en la casilla de ‘Tipo de declaración’ y señalar de qué forma se pagará el segundo importe junto al número de cuenta en caso de que se domicilie.

Aplazar la deuda de la declaración de la Renta

El aplazamiento de la deuda, por su parte, tiene más complejidad que el fraccionamiento: la Administración permite solicitarlo cuando la situación económico-financiera del contribuyente le impida pagar en los periodos establecidos y se puede pedir seleccionando la opción ‘No fraccionado’ en la casilla de ‘Tipo de declaración’ y como modalidad de pago ‘Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento’.

Después, la Agencia Tributaria decidirá si lo concede o no: para que Hacienda admita el aplazamiento de la deuda, el solicitante debe estar al corriente de todos los pagos y no tener ninguna notificación pendiente.

 

Generated by Feedzy