Prepagas: cómo hacer para pagar casi la mitad de los aumentos autorizados por mes

El Gobierno puso a disposición un formulario para no recibir todo el aumento autorizado oficialmente para las empresas de medicina prepaga.

Dicho trámite, que deberá repetirse mensualmente, se puede realizar hasta el 20 de enero, y permitirá al usuario que cumple con todos los requisitos pagar una suba inferior. En febrero, por ejemplo, en lugar de recibir 8,21 por ciento de aumento, recibirá 4,91 por ciento.

Empleadas domésticas: cuánto hay que pagar de aportes y contribuciones en enero

Se trata de una declaración jurada que debe hacerse ante la Superintendencia de Servicios de Salud, pero que solo será válida para las personas que cobren menos de seis salarios mínimos, es decir un monto salarial inferior a 371.718 pesos.

La última actualización del salario mínimo vital y móvil fue en diciembre de 2022, cuando quedó establecido en $61.953. Hay que tener en cuenta que para la primera cuota se tendrán en cuenta los ingresos netos de noviembre 2022.

El trámite puede hacerse de manera remota y debe ser registrado por “el usuario titular” del programa de salud, según comunicaron de la Superintendencia. A su vez, la operación deberá repetirse todos los meses ya que la fórmula definida por el Gobierno se revisa mensualmente y variables como el salario mínimo vital y móvil en base a la cual se determina el aumento también puede tener actualizaciones en ese período.

Los servicios de medicina prepaga aumentarán un 8,21 por ciento de base, salvo para quienes cobren menos de seis salarios mínimos vitales y móviles, que si presentan un formulario antes del 20 de enero percibirán un aumento de 4,91 por ciento (Santiago Hafford/)

Este formulario ya se encuentra disponible de manera online en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud. Sólo puede completarse en caso de tener una clave fiscal de nivel 3 o superior, y haber adherido el servicio de salud en el sitio de AFIP. Para quienes tengan estos requisitos, estará disponible una “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas”.

Verano 2023: qué recitales se podrán ver en Mar del Plata durante enero

Con esta posibilidad, el Gobierno mantiene lo escrito en el Decreto 734/2022, donde fija que el aumento de las prepagas “tendrá como tope máximo el noventa por ciento del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado”, y que “esta medida se aplicará respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles”.

Hay que tener en claro que, si bien el trámite para acceder a un aumento menor de la prepaga se realizará todos los meses, es imprescindible que el primer formulario se envíe antes del 20 de enero. Pasada esa fecha, el usuario quedará sujeto al aumento total del 8,21 por ciento, apenas la primera suba de un servicio que el año pasado acumuló un aumento del 113,8 por ciento.

Encontrá nuestros contactos y centros de atención en nuestro sitio web al pie de página: https://t.co/MYIfcqDHWV pic.twitter.com/hgGg0LcvfS

— 🇦🇷 Superintendencia de Servicios de Salud 🇦🇷 (@SSSALUD) December 19, 2022

Todas las actualizaciones del sistema de prepagas establecidas por el Gobierno

El decreto 734/2022 que reglamentó el nuevo aumento de las prepagas también determinó que las empresas de este tipo de servicios médicos “deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1° de enero de 2023, idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel”. La normativa establece que los mismos deberán ofrecerse “a un precio de, como mínimo, un veinticinco por ciento menor al plan sin copagos”.

Turismo social: trucos para viajar barato este verano 2023

Por otra parte, la normativa firmada por el Presidente, su Jefe de Gabinete y otros funcionarios fijó que la responsabilidad por el cumplimiento de ambas decisiones será del Ministerio de Salud, al que el Gobierno reserva la potestad de “dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias”.

 

Generated by Feedzy