Crimen en Puerto Madero. Condenan a prisión perpetua al venezolano que mató a un turista inglés en la puerta del Hotel Faena

Un ciudadano venezolano fue condenado a prisión perpetua como autor material del crimen del turista inglés Matthew Charles Gibbard, en diciembre de 2019 en la puerta del Hotel Faena de Puerto Madero, mientras que otros nueve integrantes de la banda, dedicada a asaltar a extranjeros a los que seguían desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, recibieron penas en suspenso o efectivas de entre dos años y medio y cuatro años de cárcel.

La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°17, que además comunicó su decisión a la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) para que se cumpla con la ley que impide la permanencia en el país de extranjeros –en este caso los juzgados son todos venezolanos–, en caso de ser condenados a penas mayores a los tres años de prisión.

La pena máxima recayó sobre Ángel Eduardo “Cachete” Lozano Azuaje, a quien el TOC N°17 consideró miembro de una “asociación ilícita” y autor de los delitos de “homicidio agravado criminis causae” (matar para ocultar otro delito) en perjuicio de Gibbard, que tenía 50 años y acababa de llegar a la Argentina, y “homicidio agravado criminis causae en grado de tentativa” en perjuicio del hijastro de la víctima, Stephan Zone, de 28, y “robo doblemente agravado por el uso de arma de fuego y en poblado y en banda, en grado de tentativa”.

Matthew Gibbard tenía 50 años, estaba casado y era millonario: dirigía una empresa constructora de casas de retiro y vacaciones

En el juicio, en el que intervino la fiscal María Luz Castany, se tuvo por probado que Lozano Azuaje integraba una asociación ilícita que tenía como objetivo robarle a viajeros que ingresaban al país por el Aeropuerto de Ezeiza, a quiénes “marcaban” y seguían desde allí hasta su destino.

En la reconstrucción del hecho principal, realizada a pedido de Castany y con el apoyo técnico de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (Datip), se exhibieron los videos de cámaras de seguridad donde se vio la previa al ataque, el seguimiento a las víctimas y la forma en que se llevó adelante el intento de robo y los disparos contra ambos turistas.

En el registro fílmico se pudo observar cómo dos autos quedaron “como apoyo” a metros de la combi y la forma en que Lozano Azuaje disparó tres veces, aunque el primero de los disparos no salió del arma por cuestiones técnicas.

Otros nueve imputados recibieron penas –seis de ellos, de prisión efectiva, y otros tres, en suspenso– en la sentencia dictada por el tribunal integrado por Silvia Guzzardi, Pablo Vega y Juan Giúdice Bravo.

Conferencia de prensa por al asesinato del turista en Puerto Madero

Los seis sentenciados a prisión efectiva son Aly José Ramos Ladera (4 años de prisión), Carlos José López Sánchez (4 años ), Luis Lozano León (4 años), Miguel Ángel Aguirre Cancine (4 años) y Samuel Francisco Zerpa Menezes (4 años de prisión), por asociación ilícita y robo doblemente agravado, y Rubén Darío Cañete Lobo (pena única de 3 años y 6 meses), por “robo doblemente agravado” y por una condena condicional que había recibido en 2019 por otro robo en el partido de La Matanza.

En tanto, quienes fueron condenados solo a penas en suspenso, son Elvis Javier Escalante Blanco (2 años y 6 meses como partícipe secundario de robo agravado), Christian Rafael Caicedo Lobo (2 años y 6 meses como partícipe secundario de robo agravado) y Carlos Alberto Martínez Moreno (3 años de prisión como miembro de asociación ilícita).

Además, tal como había pedido la fiscalía en su alegato, el TOC N°17 ordenó el decomiso de los autos y motos utilizados para perpetrar los delitos.

Según el requerimiento de elevación a juicio que oportunamente hizo el fiscal de instrucción Juan Pedro Zoni, los imputados conformaban una asociación ilícita que funcionó entre el 12 de noviembre y el 14 de diciembre de 2019.

Tal como se describió en el dictamen de la acusación, con una clara división de roles, los imputados cometieron distintos delitos contra la propiedad contra turistas que ingresaban al país a través del Aeropuerto Internacional de Ezeiza.

En el debate oral, que comenzó en marzo pasado, la fiscal Castany –con la colaboración de los auxiliares fiscales Germán Wechsler y Natalia De Angelis– describió los distintos hechos endilgados a la banda (ocho robos, uno de ellos, el que terminó con el homicidio del turista británico) y señaló que la selección de las víctimas que realizaban no era al azar, sino que existía un “modus operandi”.

El momento del mortal ataque al británico Matthew Gibbard frente al hotel Faena, en Puerto Madero

En tal sentido, determinó que los integrantes de la banda “marcaban” a los potenciales damnificados en el área de ingresos del aeropuerto de Ezeiza y que le pasaban la información a quienes estaban afuera, donde se individualizaba el vehículo que trasladaba a las víctimas.

Así, seguían con autos y motos hasta su residencia y, cuando llegaban a destino, actuaban: asaltaban a sus víctimas con armas de fuego y después se daban a la fuga.

El hecho más grave ocurrió el 19 de diciembre de 2019, cuando la banda “marcó” a Gibbard y a su familia en el sector de arribos del aeropuerto de Ezeiza y comenzó a seguir, a bordo de dos autos y una moto, a la combi que los trasladaba.

Tras llegar al Hotel Faena, ubicado en Martha Salotti al 400 de Puerto Madero, y cuando Gibbard y su hijastro estaban descendiendo del vehículo, Lozano Azuaje se les acercó exhibiéndoles un arma y les exigió que entregaran sus valijas y relojes.

Siempre según la acusación, y por lo que quedó grabado por cámaras de seguridad, allí comenzó un forcejeo con ambas víctimas, que culminó con Lozano Azuaje efectuando disparos.

Detenidos turista ingles

Gibbard recibió dos tiros en su espalda, que le causaron la muerte, mientras que a su hijastro, Zone, le dispararon en la pierna izquierda, lo que le produjo una fractura expuesta lateral del fémur.

El ahora condenado a perpetua, “Cachete” Lozano Azuaje, aceptó declarar al inicio del juicio, y en aquel momento se declaró inocente y explicó que si había huido a Salta fue porque le llegaron “rumores” de que lo iban a deportar porque él no había ingresado de forma legal al país.

 

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